Muchas veces unido al dolor que causa el fallecimiento de una persona querida, nos encontramos con otro sentimiento: el agobio que puede suponer los trámites o gestiones que hay que realizar. Pues bien desde Anfein Asesores , queremos, al menos, ayudarle en cuanto a lo segundo, es decir, nosotros nos encargamos del papeleo; papeleo que en la mayoría de los casos no es tan costoso ni gravoso, como mucha gente cree. Fiscalmente podemos decir que al fallecimiento de una persona, a lo que se está obligado es a presentar dos impuestos : El Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el I mpuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) en el caso de que entre los bienes de la herencia se incluyan inmuebles. El primero de dichos impuestos es de competencia autonómica (en función de donde residía la persona fallecida en los últimos 5 años) y el segundo es de competencia municipal, de manera que hay Ayuntamientos que lo exigen y otros no