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CANCELACIÓN REGISTRAL DE UNA HIPOTECA. RESOLVIENDO DUDAS...

¿Qué es la cancelación registral de una hipoteca?

Curiosa pero muy ilustrativa es la explicación que da el notario D. Francisco Rosales de Salamanca Rodríguez al respecto: “una vez pagada la hipoteca está muerta y hay que enterrarla”

Pues sí, mediante la cancelación registral de una hipoteca se hace constar en el Registro de la Propiedad que su vivienda ha quedado libre de cargas tras la extinción del préstamo hipotecario.


No es un trámite obligatorio, usted y el banco saben que la deuda está pagada, pero esto no tiene por qué saberlo un tercero, posible comprador o nuevo acreedor hipotecario (si llega el caso de que se plantee solicitar un nuevo préstamo hipotecario).

En ningún caso el banco puede imponerle esta gestión y tenga en cuenta que las entidades bancarias con frecuencia suelen pedir una provisión de fondos bastante elevada para hacer frente a los costes que supone cancelar este crédito.

Además es habitual  que su entidad bancaria le indique que debe emitirle (previo pago, claro) un certificado de “deuda cero” o “certificado de no deuda”. Este certificado no es obligatorio, sin embargo, una vez más como consumidores nos encontramos en una situación de “David contra Goliat” puesto que en definitiva dependemos de que el apoderado del banco acuda a la notaria a otorgar la escritura de cancelación.

Una vez tengamos en nuestro poder la escritura de cancelación debemos dirigirnos a la Oficina liquidadora de la Comunidad Autónoma correspondiente para presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, si bien en la Comunidad de Madrid, este impuesto actualmente está exento.

Finalmente en el Registro de la propiedad solicitaremos nuestra merecida cancelación registral de carga hipotecaria, que debería sernos emitida casi más a título personal como campeones por haber terminado de pagar nuestra hipoteca.

Si se desea verificar la cancelación de la hipoteca deberá pedir una nota simple al Registro de la Propiedad aunque este trámite no sea necesario.

Resumiendo los gastos a los que nos enfrentamos (para una hipoteca media):
  • Certificado Bancario de no deuda (intentemos pelearlo)
  • Gastos Notaria por la cancelación (80€ aproximadamente)
  • Impuestos (exento en la Comunidad de Madrid)
  • Registro de la propiedad (60€ aproximadamente)
Si tiene cualquier duda o consulta, no dude en preguntarnos, estaremos encantados de atenderle en ANFEIN ASESORES.

Tfno: 91 682 36 17 - 91 228 48 19
675 870 084





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